Nuevas Obligaciones Fiscales de información. | 25-02-2010
Nuevas obligaciones fiscales de información. Modelos 170 y 171.
Mediante la Orden EHA/97/2010, de 25 de Enero, se ha establecido una nueva obligación fiscal de carácter informativo por medio de la cual las entidades bancarias o de crédito y las demás entidades que presten el servicio de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito a empresarios y profesionales establecidos en España, deben presentar una declaración informativa anual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos a este sistema cuando el importe neto anual de los mencionados cobros exceda de 3.000 Euros.
Del mismo modo la Orden EHA/98/2010, de 25 de Enero, también ha establecido otra nueva obligación fiscal de carácter informativo por medio de la cual las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio, deben presentar una declaración informativa anual de las imposiciones , disposiciones de fondos y cobro de cualquier documento, que se realicen en moneda metálica o billetes de banco cuando su importe sea superior a 3.000 euros, cualquiera que sea el medio físico o electrónico utilizado, estén denominados en euros o en otra moneda.
Esta declaración informativa de denomina modelo 171 y será aplicable por primera vez a las declaraciones que se presenten en el año 2011, en relación con la información correspondiente a operaciones realizadas a partir del 20 de enero de 2010.
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